¿Que es el Aviso de Operaciones y para qué sirve? Son algunas de las interrogantes a las que les brindaremos respuestas en el artículo de hoy, aquí en OpimoBiz.
Si estás interesado en iniciar un nuevo negocio o emprender en cualquier área comercial en Panamá, necesitarás estar al día con el aviso de operaciones. Es decir, se traduce en el requisito mínimo para formalizar y establecerte de forma legal en el país.
Aviso de Operaciones
Según el Ministerio de Comercio e Industrias de Panamá, un aviso de operación es “el proceso mediante el cual se deja constancia de que la actividad comercial o industrial que va a ejercer el declarante ha sido debidamente informada a la Administración Pública, e incluye una declaración jurada del interesado, en la que declara haber cumplido las normas que amparan la actividad que desarrollará.”
¿Te lo traducimos? Obvio, sigue leyendo. El aviso de operaciones es un permiso o licencia que te permite dar inicio a cualquier actividad con fines de lucro y te acredita de manera formal ante la administración pública. Es un documento que le brinda existencia a tu emprendimiento y es obligatorio tanto para personas naturales como jurídicas.
La imposición del Aviso de Operaciones, está basado en la Ley 5, promulgada desde el año 2007, facilitando la apertura de la actividad comercial e industrial y reemplazando la conocida licencia comercial, en sus dos tipos A y B.
Requisitos
La solicitud se realiza a través de la plataforma web de PanamáEmprende, donde además de encontrar el listado de recaudos y condiciones, deberás estar registrado.
¡Es muy fácil! Sólo será necesario contar con un número de RUC (Registro Único Contribuyente) y una dirección de correo electrónico vigente.
Luego podrás adjuntar la documentación requerida, completar los pasos y pagos correspondientes en los tiempos establecidos para evitar retrasos en la asignación del aviso de operaciones. Dicho permiso servirá para identificar a cada contribuyente, a disfrutar y cumplir con los distintos derechos y deberes respectivamente.
Personas Naturales
Los recaudos solicitados a las personas naturales para obtener el Aviso de Operaciones, son:
- La cédula de identidad, en original y copia, de la persona responsable del negocio.
- El nombre del negocio o empresa
- La ubicación del negocio o empresa
- Tener definida la actividad a desarrollarse en la empresa o negocio.
Personas Jurídicas
Para el caso de las personas jurídicas, se debe contar con:
- La fotocopia de la cédula de identidad de quien asumirá la representación legal del negocio.
- La razón social o nombre de la empresa
- Los nombres de las personas o miembros participantes en la junta directiva
- La localización o ubicación física del establecimiento
- El número del RUC y del registro en la Dirección General de Ingresos o DGI.
- Identificar la actividad a ser desarrollada
Costo del Aviso de Operaciones
El registro de un Aviso de Operaciones para reservar el nombre comercial va a depender del tipo de persona que solicita el nuevo registro. Para persona natural el costo base es $15.00 y para jurídica $55.00, aunque existen excepciones que no generan costos. También según el tipo de actividad comercial a ser desarrollada. Te recomendamos realizar el registro en PanamaEmprende para más detalles al respecto.
Certificación de actividades
Las actividades que cubre y certifica el Aviso de Operaciones en Panamá incluye establecimientos de alojamiento por temporadas, como pueden ser cabarés, clubes nocturnos, casas de citas, establecimientos que expenden bebidas alcohólicas, espacios determinados para el transporte público, los medios independientes de comunicación y otras actividades referentes al servicio público.
Además certifica todas aquellas empresas de ámbito financiero que se manejen como bancos, fiduciarias, bienes raíces, casas de valores, casas de empeños, bolsas de valores, casas de remesas, asesoras de inversiones y similares. Este tipo de empresas deben utilizar además, la licencia obligatoria entregada por la Comisión Nacional de Valores de la República de Panamá. También acredita los establecimientos farmacéuticos, quienes también deben consignar la licencia de la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas del Ministerio de Salud.
De igual forma incluye actividades que desarrollan centros hospitalarios y clínicas, quienes deben solicitar previamente la licencia o permiso del Ministerio de Salud. Y agencias de seguridad, porte de armas, entre otros.
Importante
Todos los que se dediquen a actividades comerciales o industriales de modo habitual, es decir, que sea de modo ordinario, usual o con frecuencia, están obligados a obtener un Aviso de Operación.
¿Entonces? ¿Existe quién no necesite solicitarlo de manera obligatoria? Si. Por Ley no están obligados a solicitarlo quienes que se dediquen a lo siguiente:
- Explotación agrícola, ganadera, avícola, apícola, agroforestal o similares.
- Artesanías o industrias manuales hasta 5 trabajadores.
- Actividades sin fines de lucro.
- Ejercicio de profesiones liberales a título individual o de sociedades civiles.
- Corredores de valores, de seguros y de bienes raíces como personas naturales (persona jurídica, sí necesita).
- Actos de comercio ocasionales o accidentales.
En OpimoBiz te recomendamos que antes de solicitar el Aviso de Operaciones, verifiques tu correcta inscripción o actualización en el DGI (Dirección General de Ingresos) porque el organismo de PanamaEmprende se encarga de verificar los datos del solicitante antes de aprobarlo.
Nuestro consejo adicional es que tomes con seriedad las obligaciones que adquieres al dar formalización a tu nuevo negocio, porque a pesar de que el trámite sea sencillo de cumplir vía web, estás comprometiéndote a pagar los impuestos correspondientes a la actividad desarrollada.
Si ya obtuviste tu Aviso de Operaciones déjanos saber tu experiencia en los comentarios.